El pasado 31 de diciembre de 2012
se publicó en el B.O.E el Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el
que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2013.
Las nuevas cuantías, representan
un incremento del 0,6 por ciento respecto de las vigentes entre el 01 de enero
y el 31 de diciembre de 2012, y son el resultado de tomar en consideración de
forma conjunta todos los factores contemplados en el artículo 27.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
Así, el salario mínimo interprofesional para el año 2013 queda fijado en
21,51 euros/día o 645,30 euros/mes,
según que el salario esté fijado por días o por meses, computándose únicamente
la retribución en dinero, sin que en ningún caso pueda considerarse una cuantía
anual inferior a 9.034,20 euros.
De acuerdo con el artículo 8.5
del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la
relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, el salario mínimo de los empleados de hogar
que trabajen por horas, en régimen externo será de 5,05 euros por hora
efectivamente trabajada.
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